Procedimiento para la tramitación de la residencia permanente en el extranjero
Los ciudadanos de Ucrania que hayan salido temporalmente del país y hayan cumplido 16 años de edad, al presentar una solicitud para fijar su residencia permanente en el extranjero, deberán presentar personalmente ante la Embajada de Ucrania (dentro del distrito consular en el que residan) los siguientes documentos:
- Pasaporte del ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero (o documento de viaje válido del menor), con el cual el ciudadano salió de Ucrania, y copia de todas las páginas (excepto las en blanco);
- Una fotografía en color de 35×45 mm;
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado en idioma ucraniano;
- Certificado de residencia;
- En caso de que el solicitante tenga hijos menores de 16 años: original y copia de sus certificados de nacimiento (si el nacimiento tuvo lugar en el territorio del Ecuador, Ucrania u otro país, se presentará también el certificado y su copia de registro del menor como ciudadano de Ucrania; para los menores nacidos después del 01.03.2001, y si se dispone de él, pasaporte). En caso de que el solicitante y el menor tengan apellidos distintos, se presentará el certificado de matrimonio del solicitante;
- Pasaporte del ciudadano de Ucrania (si se dispone de él) y una copia;
- Declaraciones notariales de los hijos de entre 14 y 16 años de edad manifestando su consentimiento para residir permanentemente en el extranjero junto con sus padres o con uno de ellos, y tres copias de dichas declaraciones. El original queda incorporado al expediente;
- Si los hijos menores de 16 años permanecen en el extranjero para residencia permanente con uno de los progenitores, se presentará una declaración notarial de consentimiento del otro progenitor. En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, se presentará el certificado de defunción y una copia. Si este ha desaparecido, ha sido privado de la patria potestad, declarado incapaz o con capacidad limitada, o declarado fallecido, se presentará la resolución judicial y su copia. Si el padre fue inscrito en el certificado de nacimiento del menor conforme a las declaraciones de la madre, se presentará el certificado correspondiente del órgano del registro civil del lugar de inscripción del nacimiento;
- Documento que acredite el pago de la tasa consular;
- Copia del certificado de asignación del número de identificación fiscal (si se dispone de él).
Para la tramitación de documentos de residencia permanente en el extranjero de un menor que no haya cumplido 16 años de edad, su representante legal (¡ATENCIÓN! en el caso de que el representante legal no presente simultáneamente solicitud respecto de sí mismo junto con el menor) deberá presentar los siguientes documentos:
- Solicitud-formulario cumplimentada y firmada por el representante legal;
- Certificado de nacimiento del menor y su copia. Para las personas nacidas a partir del 01.03.2001, se presentará adicionalmente el certificado de registro como ciudadano de Ucrania y su copia;
- Pasaporte válido para viajar al extranjero del representante legal y su copia;
- Una fotografía en color de 35×45 mm del menor;
- Documentos que acrediten las facultades del representante legal y sus copias. Las facultades de los padres se acreditan mediante el certificado de nacimiento. En caso de discrepancia del nombre completo (nombre y apellidos) en los documentos del solicitante y del menor, se presentarán adicionalmente documentos que acrediten el cambio del nombre completo;
- Declaración notarial de consentimiento del otro representante legal (progenitor) que permanezca en Ucrania. En caso de fallecimiento, se presentará el certificado de defunción y una copia. En caso de desaparición, privación de la patria potestad, incapacidad o capacidad limitada, o declaración de fallecimiento, se presentará la resolución judicial y su copia. Si el otro representante legal es extranjero o apátrida (o ciudadano de Ucrania que ya cuente con un permiso de residencia permanente en el extranjero conforme a la legislación ucraniana), debidamente acreditado documentalmente (copia del documento de identidad), no se requerirá su consentimiento;
- Pasaporte del ciudadano de Ucrania (si se dispone de él) y una copia;
- Copia del certificado de asignación del número de identificación fiscal (si se dispone de él);
- Documento que acredite el pago de la tasa consular;
- Documento de identidad del menor de entre 14 y 16 años que confirme su ciudadanía ucraniana y le otorgue derecho a salir de Ucrania (pasaporte del ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero o documento de viaje válido del menor).
¡ATENCIÓN!
- Los documentos se aceptan únicamente en su totalidad;
- Los documentos expedidos por autoridades extranjeras, incluidas las autoridades del Ecuador, deben presentarse legalizados o con el sello «APOSTILLE»;
- Los documentos extranjeros deben ser traducidos al idioma ucraniano por traductor jurado. La traducción se realiza después de la certificación del documento con «APOSTILLE» por las autoridades alemanas;
- La grafía de los apellidos y del nombre en todos los documentos y en sus traducciones debe coincidir y corresponder a la indicada en el pasaporte ucraniano para viajar al extranjero;
- El certificado de residencia no se apostilla ni se traduce al idioma ucraniano;
- En caso de que una persona alcance la edad de 14 años durante la tramitación de documentos para la residencia permanente en el extranjero, el funcionario consular informará por escrito al representante legal de que la baja del registro del lugar de residencia en Ucrania y la obtención del documento acreditativo correspondiente (ES CONDICIÓN NECESARIA PARA FINALIZAR LA TRAMITACIÓN DE LA RESIDENCIA PERMANENTE EN EL EXTRANJERO) es posible EXCLUSIVAMENTE DESPUÉS DE LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE DEL CIUDADANO DE UCRANIA (denominado «pasaporte interno»). Dicha información deberá ser firmada por el solicitante e incorporada al expediente;
- Si el solicitante no se presenta ante la misión diplomática extranjera dentro de los seis meses a partir de la fecha de notificación de la decisión para finalizar la tramitación de los documentos de residencia permanente en el extranjero, LA DECISIÓN QUEDA SIN EFECTO.