La apostilla en un documento es colocada por la misma autoridad que expidió dicho documento. Si el documento fue expedido por una autoridad en el extranjero, deberá dirigirse a la misma autoridad que lo emitió.
Las Embajadas y Consulados de Ucrania no colocan apostilla en ningún documento.
La apostilla en documentos oficiales ucranianos expedidos en Ucrania se coloca por las autoridades competentes únicamente en el territorio de Ucrania:
Por el Ministerio de Educación y Ciencia — en los documentos oficiales relacionados con el ámbito de la educación y la ciencia. Entre estos documentos se incluyen diplomas de educación, certificados de otorgamiento de grados académicos, títulos, certificados, constancias de instituciones educativas, planes de estudio y otros.
Por el Ministerio de Justicia de Ucrania — en los documentos expedidos por los órganos de justicia y tribunales, así como en los documentos formalizados por notarios de Ucrania.
Entre estos documentos se incluyen:
— certificados expedidos por los órganos de registro estatal de actos del estado civil;
— extractos del Registro Estatal de Actos del Estado Civil de los Ciudadanos;
— documentos certificados por notarios, resoluciones judiciales y certificados.
El procedimiento para la colocación de la apostilla en documentos oficiales elaborados en el territorio de Ucrania y destinados a su uso en el territorio de otros Estados se rige por las normas correspondientes.
La apostilla no se coloca:
— en documentos administrativos que tengan relación directa con operaciones comerciales o aduaneras;
— en documentos expedidos por las instituciones diplomáticas de Ucrania en el extranjero (embajadas y consulados).
Si las autoridades competentes locales le exigen apostilla en documentos expedidos por la Embajada de Ucrania (por ejemplo, apostilla en un certificado de antecedentes penales), puede realizar la legalización de la firma consular (legalizar la firma consular) en el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de residencia (Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú o de Colombia). En cuanto al procedimiento de legalización de la firma consular ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del país correspondiente, deberá dirigirse directamente a dicho Ministerio. La legalización de la firma consular servirá en sustitución de la apostilla en los documentos expedidos por la Embajada.