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Registro consular permanente
13 febrero 2026 04:36

En el registro consular permanente se inscriben los ciudadanos de Ucrania que hayan tramitado, de conformidad con la legislación vigente, los documentos para salir al extranjero con fines de residencia permanente o los documentos para permanecer en el extranjero con carácter permanente.

Para la inscripción en el registro consular permanente ante la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero correspondiente al lugar de residencia, se deberán presentar los siguientes documentos:

  1. – solicitud de la persona que haya cumplido 16 años (formulario de solicitud). En caso de inscripción de una persona menor de 16 años o de una persona declarada por un tribunal con capacidad limitada o incapaz, la solicitud (formulario) será presentada por uno de los padres, tutores, curadores u otros representantes legales;
  2. – una fotografía de 10 × 15 centímetros con la imagen del rostro de la persona que se inscribe en el registro consular, para su posterior escaneo e incorporación al sistema informático departamental del Ministerio de Asuntos Exteriores (la imagen del rostro deberá ocupar entre el 70 y el 80 % de la superficie total de la fotografía; el fondo deberá ser blanco o gris claro). En caso de existir posibilidad técnica, la imagen digitalizada del rostro podrá obtenerse mediante fotografía directamente en la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero;
  3. – pasaporte de ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero, expedido a nombre de la persona que se inscribe en el registro consular, así como copia de la página de datos de dicho pasaporte;
  4. – copia de la página del pasaporte de ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero que contenga la anotación que confirme la tramitación, conforme a la legislación vigente, de los documentos para salir al extranjero con fines de residencia permanente o para permanecer en el extranjero con carácter permanente;
  5. – copia del documento que contenga la información sobre el lugar de nacimiento de la persona (pasaporte de ciudadano de Ucrania, certificado de nacimiento, extracto del Registro Estatal de Actos del Estado Civil relativo a la inscripción del nacimiento);
  6. – copia del permiso expedido por las autoridades competentes del Estado extranjero que autorice la residencia en dicho Estado (si procede);
  7. – copia del documento expedido por las autoridades competentes del Estado extranjero que confirme la dirección del lugar de residencia o estancia del ciudadano de Ucrania en el territorio del Estado extranjero que forme parte de la circunscripción consular de la misión diplomática u oficina consular de Ucrania ante la cual se presenta la solicitud;
  8. – original del documento que acredite el pago de la tasa consular;
  9. – original y copia del documento de identidad del representante legal (documento de identidad de extranjero, pasaporte de ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero, pasaporte de servicio de Ucrania o pasaporte diplomático de Ucrania), así como los documentos que acrediten las facultades del representante legal de la persona que se inscribe (se presentan en caso de inscripción de una persona menor de 16 años o declarada judicialmente con capacidad limitada o incapaz).

El plazo de tramitación de las solicitudes relativas al registro consular permanente no excederá de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción de los documentos necesarios.

Por la inscripción en el registro consular permanente, excepto en el caso de menores de 16 años, se percibe una tasa consular en el orden y cuantía establecidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores. En caso de existir posibilidad técnica y a solicitud del interesado, el trámite podrá realizarse con carácter urgente; en tal caso, la tasa consular se percibirá en el doble de su importe.

El período de permanencia en el registro consular permanente es indefinido.

La persona inscrita en el registro consular permanente está obligada a dirigirse cada diez años a la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero para actualizar sus datos personales. La actualización de los datos contenidos en la ficha de registro se realiza mediante la presentación de una solicitud en forma libre.

El incumplimiento por parte del ciudadano de Ucrania inscrito en el registro consular permanente de la obligación de actualizar sus datos constituye motivo para la baja del registro consular.

La decisión de denegar la inscripción en el registro consular será adoptada por el funcionario autorizado en los siguientes casos:

  1. – si la persona que solicita la inscripción no es ciudadano de Ucrania;
  2. – si la solicitud de inscripción ha sido presentada por una persona menor de 16 años o por sus representantes legales sin acreditación documental de sus facultades;
  3. – si los documentos o la información necesarios para la inscripción no han sido presentados en su totalidad, o si los documentos presentados no son válidos.
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