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Registro consular de niños adoptados – ciudadanos de Ucrania
13 febrero 2026 04:39

En el registro consular de niños adoptados se inscriben los menores de 18 años, ciudadanos de Ucrania, que hayan sido adoptados por extranjeros o por ciudadanos de Ucrania y que residan permanentemente o se encuentren temporalmente en el extranjero.

Los adoptantes están obligados, dentro del plazo de un mes desde la entrada en el país de residencia, a asegurar la inscripción del menor en el registro consular ante la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero.

Para la inscripción en el registro consular de un niño adoptado ante la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero correspondiente al lugar de residencia, se deberán presentar los siguientes documentos:

  1. – solicitud (formulario) presentada por el extranjero o por el ciudadano de Ucrania que resida permanentemente o se encuentre temporalmente en el extranjero, relativa a la inscripción en el registro consular del menor adoptado, ciudadano de Ucrania;
  2. – una fotografía de 10 × 15 centímetros con la imagen del rostro del menor que se inscribe en el registro consular, para su posterior escaneo e incorporación al sistema informático departamental del Ministerio de Asuntos Exteriores (la imagen del rostro deberá ocupar entre el 70 y el 80 % de la superficie total de la fotografía; el fondo deberá ser blanco o gris claro). En caso de existir posibilidad técnica, la imagen digitalizada podrá obtenerse mediante fotografía directamente en la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el extranjero;
  3. – pasaporte de ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero, pasaporte de servicio de Ucrania o pasaporte diplomático de Ucrania, expedido a nombre del menor, así como copia de la página de datos de dicho pasaporte;
  4. – originales y copias de los documentos de identidad de los adoptantes (documento de identidad de extranjero, pasaporte de ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero, pasaporte de servicio de Ucrania o pasaporte diplomático de Ucrania);
  5. – original y copia de la resolución del tribunal de Ucrania sobre la adopción del menor o de la decisión de la misión diplomática u oficina consular de Ucrania relativa a la adopción por ciudadanos de Ucrania de un menor ciudadano de Ucrania que reside fuera del país;
  6. – original y copia del certificado de nacimiento del menor adoptado;
  7. – copia del documento que confirme la existencia del permiso de residencia expedido por las autoridades competentes del Estado extranjero correspondiente (si procede);
  8. – copia del documento expedido por las autoridades competentes del Estado extranjero que confirme la dirección del lugar de residencia o estancia en el territorio de dicho Estado (si procede).

En caso de cambio del lugar de residencia del menor adoptado dentro de la circunscripción consular de una misma misión diplomática u oficina consular de Ucrania, el adoptante deberá, dentro del plazo de un mes, presentar ante dicha oficina la correspondiente solicitud (formulario).

En caso de traslado a otra circunscripción consular, el adoptante deberá, dentro del plazo de un mes, dirigirse a la misión diplomática u oficina consular de Ucrania en el nuevo lugar de residencia y presentar la solicitud de baja del registro consular en el lugar anterior (formulario), así como la solicitud de inscripción en el registro consular en el nuevo lugar de residencia (formulario).

La tramitación de las solicitudes relativas a la inscripción en el registro consular de un niño adoptado, al cambio de su lugar de residencia y a la baja del registro consular se realiza el mismo día de la presentación.

En estos casos no se percibe tasa consular.

Los menores — ciudadanos de Ucrania adoptados por extranjeros o por ciudadanos de Ucrania que residan permanentemente en el extranjero — permanecen inscritos en el registro consular de niños adoptados hasta que cumplan los 18 años de edad.

La decisión de denegar la inscripción en el registro consular será adoptada por el funcionario autorizado en los siguientes casos:

  • – si la persona que se pretende inscribir no es ciudadano de Ucrania;
  • – si la solicitud de inscripción ha sido presentada por una persona menor de 16 años o por sus representantes legales sin acreditación documental de sus facultades;
  • – si los documentos o la información necesarios para la inscripción no han sido presentados en su totalidad, o si los documentos presentados no son válidos.
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